interactive GDPR 2016/0679 ES
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- datos personales
- tratamiento
- limitación del tratamiento
- elaboración de perfiles
- seudonimización
- fichero
- responsable del tratamiento
- encargado del tratamiento
- destinatario
- tercero
- consentimiento del interesado
- violación de la seguridad de los datos personales
- datos genéticos
- datos biométricos
- datos relativos a la salud
- establecimiento principal
- representante
- empresa
- grupo empresarial
- normas corporativas vinculantes
- autoridad de control
- autoridad de control interesada
- tratamiento transfronterizo
- objeción pertinente y motivada
- servicio de la sociedad de la información
- organización internacional
- presente 4
- normas 4
- religiosas 3
- asociaciones 3
- iglesias 3
- reglamento 3
- apliquen 2
- actos 2
- siempre 2
- protección 2
- estarán 1
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- conformidad 1
- apartado 1
- artículo 1
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- ejecución 1
- establecidas 1
- condiciones 1
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- tratamiento 1
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Artículo 91
Normas vigentes sobre protección de datos de las iglesias y asociaciones religiosas
1. Cuando en un Estado miembro iglesias, asociaciones o comunidades religiosas apliquen, en el momento de la entrada en vigor del presente Reglamento, un conjunto de normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento, tales normas podrán seguir aplicándose, siempre que sean conformes con el presente Reglamento.
2. Las iglesias y las asociaciones religiosas que apliquen normas generales de conformidad con el apartado 1 del presente artículo estarán sujetas al control de una autoridad_de_control independiente, que podrá ser específica, siempre que cumpla las condiciones establecidas en el capítulo VI del presente Reglamento.
CAPÍTULO X
Actos delegados y actos de ejecución
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